7. Partidos políticos: financiación, democracia interna y cargos de confianza

El partido como pieza central del sistema: cómo se financia, cómo se decide dentro, cómo coloniza instituciones y qué reformas harían falta.

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1. El partido como monopolio de la representación

El art. 6 de la Constitución define a los partidos como «expresión del pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política». Esa definición, generosa, los convierte de hecho en el canal casi exclusivo de acceso a las instituciones: las listas electorales las presentan partidos (o agrupaciones de electores con requisitos exigentes), y las candidaturas independientes tienen una dificultad enorme. El resultado es un sistema donde la selección de los representantes se decide en cenáculos internos y no en procesos abiertos.

Esto tiene consecuencias. Los partidos controlan la carrera política desde abajo: concejales, diputados autonómicos, senadores, miembros de entes públicos, vocales de organismos reguladores, magistrados del TC y consejeros del CGPJ. La carrera depende de la lealtad al aparato, y la lealtad se premia con puestos. Cuando se critica el «reparto de cuotas» en nombramientos institucionales, se está criticando la lógica natural de un sistema donde los partidos son el único actor con capacidad de nombrar.

Es una situación singular en el contexto europeo: en Alemania, por ejemplo, existe el Tribunal Constitucional con facultades expresas para controlar la democracia interna de los partidos y la ley obliga a elegir a los delegados por voto secreto.

2. Financiación: cómo se sostienen y dónde fallan los controles

La financiación pública de partidos se rige por la Ley Orgánica 8/2007, reformada en 2012 y 2015, y se compone de subvenciones electorales por escaño y voto, subvenciones anuales de funcionamiento, subvenciones a grupos parlamentarios y municipales, y aportaciones privadas limitadas (donaciones máximas, prohibición de donaciones de empresas que contraten con la Administración). Los partidos pueden endeudarse con entidades bancarias, y buena parte de esa deuda fue condonada o refinanciada por los bancos durante años, con el consiguiente conflicto de interés, sobre todo en entidades rescatadas con dinero público.

El control corresponde al Tribunal de Cuentas, con medios insuficientes y plazos de varios años. Los informes de fiscalización de partidos suelen llegar tarde y con sanciones poco disuasorias. Los casos de financiación irregular (Gürtel, Bárcenas, Filesa, Pujol-Palau, ERE) ilustran una pauta: cuando el control falla, la corrupción se organiza en torno a las necesidades de financiación. La reforma debe pasar por auditorías externas en tiempo real, publicación detallada de cuentas en formato abierto y sanciones eficaces, incluida la suspensión de subvenciones.

A ello se suman las deudas con entidades financieras, a veces condonadas, y las fundaciones vinculadas a los partidos que reciben subvenciones públicas con menos transparencia que la de los propios partidos.

3. Democracia interna: lo que se dice y lo que se hace

El art. 6 exige que «su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos». En la práctica, los estatutos de los grandes partidos consagran órganos con mayorías internas fuertes, listas cerradas del comité ejecutivo, y primarias de intensidad variable. Las primarias abiertas se han utilizado en el PSOE (2014, 2017), en Podemos y en otras formaciones, pero con resultados mixtos: dan legitimidad a los líderes, pero también alimentan la personalización y el cesarismo. El control sobre candidaturas locales y autonómicas suele estar muy centralizado.

La Ley de Partidos exige poco en términos de democracia interna y el control judicial es limitado. Una reforma realista exigiría procedimientos mínimos: congresos periódicos con delegados elegidos de verdad, publicación de actas, derecho de los afiliados a impugnar decisiones ante un órgano independiente, límites a los mandatos del líder y regla de voto secreto para elegir candidatos. Son medidas de bajo coste político para los partidos que se consideran democráticos y de alto coste para los que no.

Un ejemplo habitual son las listas electorales, que en muchos partidos se confeccionan desde la dirección con una ratificación formal posterior, con escaso margen para que los afiliados de base decidan qué personas les representarán en las instituciones.

4. Cargos de confianza, asesores y colonización de la Administración

Un aspecto poco visible pero costoso es la colonización de la Administración por cargos de confianza: asesores en ministerios y consejerías, directivos de empresas públicas, miembros de consejos de administración, presidentes de organismos, patronos de fundaciones. Miles de puestos de designación política que se cubren con criterios de lealtad más que de mérito, y que a veces no exigen titulación o experiencia. Además, el «reparto de cuotas» en organismos reguladores y en consejos de administración de cajas y entes públicos ha producido episodios de mala gestión recordados.

El Estatuto Básico del Empleado Público (RDL 5/2015) establece el personal eventual con funciones de confianza, pero en la práctica la categoría es elástica. La reforma consiste en limitar por ley el número de asesores políticos, exigir convocatoria pública y criterios de mérito para directivos públicos, reforzar la figura de directivo profesional con mandato definido y proteger la independencia de los funcionarios que resisten órdenes ilegales. La experiencia del Reino Unido, con una función pública tradicionalmente neutral, o la de Nueva Zelanda, muestra que es posible.

El coste agregado de estos puestos de designación política supera los cientos de millones de euros al año, y su efecto más grave no es el económico sino la pérdida de neutralidad y de memoria técnica en la gestión pública.

5. Un paquete de reformas para los partidos

Un paquete de higiene de partidos incluiría: contabilidad en formato abierto con auditoría externa y publicación trimestral; prohibición de la condonación de deudas bancarias a partidos; límite estricto a las donaciones y prohibición de las fundaciones como vía de financiación encubierta; sanciones de suspensión de la subvención en caso de irregularidades graves; obligación de primarias o elecciones internas reguladas para candidaturas relevantes; transparencia sobre el patrimonio, ingresos y conflictos de interés de los cargos internos; y limitación del personal eventual.

Hay un enorme obstáculo: las leyes que regulan a los partidos son votadas por esos mismos partidos. La única fuerza que ha empujado en esa dirección es la combinación de escándalos, presión mediática, presión europea (GRECO, Comisión) y competencia electoral de nuevas formaciones. Por eso, los «mecanismos externos» (Tribunal de Cuentas con medios reales, una agencia anticorrupción independiente, el periodismo de investigación) son tan importantes.

La ciudadanía puede presionar utilizando la transparencia y el voto, premiando a los partidos que publican sus cuentas y sus procesos internos y castigando a los que no lo hacen, aunque la presión externa es solo una palanca parcial.

Diagnóstico: los partidos son imprescindibles y están poco controlados. Un sistema donde los controlados escriben las reglas de su propio control solo mejora cuando la presión externa es mayor que el coste de no cambiar.