86. Discapacidad, accesibilidad y final de vida: derechos de los más vulnerables

Cuatro millones de personas con discapacidad, empleo y vida independiente, la reforma del artículo 49, la capacidad jurídica con apoyos, la eutanasia y los cuidados paliativos.

Discapacidad Accesibilidad Eutanasia Cuidados paliativos

1. Quiénes son y qué dicen los datos

Según la Encuesta de Discapacidad, Autonomía personal y situaciones de Dependencia del INE, en España viven unos 4,3 millones de personas con discapacidad (en torno al 9 % de la población), con una proporción creciente de personas mayores. Sus condiciones de vida revelan desigualdad: la tasa de actividad laboral es de en torno al 35 %, frente a más del 75 % de la población sin discapacidad; el riesgo de pobreza o exclusión social es significativamente superior, y el nivel educativo medio es menor. La brecha es especialmente intensa en discapacidad intelectual, enfermedad mental y personas con grandes necesidades de apoyo. Muchas familias asumen en solitario cuidados que se prolongan toda la vida, con una pregunta recurrente: «¿qué será de mi hijo cuando yo falte?».

El marco normativo español es avanzado en lo formal: la Ley General de derechos de las personas con discapacidad (RDL 1/2013), la ratificación de la Convención de la ONU de 2006, la reforma del artículo 49 de la Constitución en 2024 (que sustituyó el término «disminuidos» por «personas con discapacidad» y reconoció su derecho a la autonomía personal y a la inclusión), la reforma de 2021 del Código Civil que reemplazó la incapacitación judicial por un sistema de apoyos, y la reforma de la LOREG en 2018 que garantizó el derecho de voto a todas las personas con discapacidad. Todos ellos son avances de enorme valor simbólico y jurídico.

Pero hay una distancia entre norma y realidad. La accesibilidad universal, exigible desde 2017 para entornos, productos y servicios existentes, sigue incumplida en muchos edificios públicos, transportes, webs y viviendas; la sustitución del sistema de tutela por apoyos exige recursos y formación a jueces, notarios y profesionales que a menudo no existen; y la atención a la discapacidad en el medio rural es muy deficiente.

2. Empleo: cuotas, centros especiales y economía social

La ley obliga a las empresas con 50 o más trabajadores a reservar un 2 % de su plantilla a personas con discapacidad, con medidas alternativas (donaciones, contratación de centros especiales de empleo) que permiten eludir parcialmente la obligación. El incumplimiento es muy extendido, también en el sector público, que debe reservar un 7 % de las plazas de oferta pública. Los Centros Especiales de Empleo, unos 2.000 en toda España, emplean a decenas de miles de personas y han sido fundamentales para la inserción laboral, pero reciben críticas por mantener a personas en entornos segregados con pocas transiciones hacia el empleo ordinario, y por una dependencia de subvenciones y de contratos reservados.

La ONU recomienda avanzar hacia el empleo ordinario con apoyos (empleo con apoyo, asistentes personales, adaptación del puesto), un modelo que funciona mejor para la inclusión pero exige inversión inicial y un cambio cultural en las empresas. Las ayudas por incompatibilidad entre pensión y salario han supuesto trampas de pobreza: muchas personas con discapacidad rechazan empleos o permanecen en la economía sumergida por temor a perder prestaciones, un defecto de diseño que parcialmente se ha corregido en normas recientes, pero que requiere una reforma integral del sistema de prestaciones.

La discapacidad no es solo un asunto de servicios sociales sino de políticas de empleo, educación, transporte, vivienda y urbanismo. Una buena parte de las barreras se elimina con diseño universal desde el origen, que cuesta poco y beneficia a todos, no solo a quienes tienen discapacidad: mayores, familias con carritos, personas con lesiones temporales.

3. Capacidad jurídica y vida independiente

La Ley 8/2021 supuso un cambio de paradigma: desde el modelo de sustitución (el tutor decide por la persona) hacia el modelo de apoyos (la persona decide con asistencia), conforme a la Convención de la ONU. Es una reforma jurídicamente impecable que está en fase de implementación con dificultades: faltan fiscales, jueces especializados y medios para revisar las decenas de miles de tutelas existentes, hay escasez de profesionales de apoyo, y algunas familias y entidades tutelares temen riesgos de desprotección. La clave es que el apoyo sea real y proporcionado, y que la libertad de decisión no se traduzca en abandono.

La vida independiente requiere asistencia personal, vivienda adaptada y servicios comunitarios. La Ley de Dependencia incluye la prestación de asistencia personal, pero su aplicación es testimonial, y gran parte de las personas con discapacidad grave dependen de la familia o de residencias. La desinstitucionalización, objetivo de la ONU, es un proceso largo que debe hacerse con alternativas reales: pequeñas viviendas con apoyos y servicios comunitarios. Cerrar instituciones sin alternativa solo traslada el problema.

También hay una dimensión de dignidad: las esterilizaciones forzosas a personas incapacitadas no fueron prohibidas hasta la reforma de 2020; los derechos sexuales y reproductivos, el acceso a la justicia y la protección frente al abuso en instituciones requieren vigilancia constante.

4. Final de vida: eutanasia y cuidados paliativos

La Ley Orgánica 3/2021 de regulación de la eutanasia, en vigor desde junio de 2021, hizo de España uno de los pocos países que la reconocen como prestación del sistema sanitario, para personas con padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, con sufrimiento intolerable, tras solicitud reiterada, evaluación médica y control previo de una comisión de garantías. Se aplican varios cientos de prestaciones al año, con un crecimiento gradual y desigual entre comunidades. Hubo recursos de inconstitucionalidad y litigios, y el Tribunal Constitucional en 2023 validó la ley, que se apoya en un amplio respaldo social en las encuestas. Persisten polémicas sobre garantías, objeción de conciencia de profesionales y situaciones con familiares en desacuerdo.

Un debate honesto debe subrayar que la eutanasia solo es una opción libre si existe antes una alternativa digna: cuidados paliativos universales y de calidad. La cobertura de paliativos en España es desigual: una parte considerable de personas que los necesitan no los recibe o los recibe tarde, hay carencia de profesionales y de unidades específicas, sobre todo pediátricas y domiciliarias, y no existe una especialidad médica reconocida de medicina paliativa. Las comunidades con peores servicios paliativos son también aquellas en las que el recurso a la eutanasia puede estar motivado por la falta de alternativas.

El principio es de libertad y de cuidado: nadie debería querer morir por falta de cuidados, y nadie debería ser obligado a vivir un sufrimiento que considere insoportable cuando el sistema legal ha establecido garantías. Una ley de eutanasia sin una red de cuidados paliativos sería un derecho incompleto y éticamente cuestionable.

5. Propuesta del taller

El taller propone: 1) un plan de accesibilidad universal con calendario, inspección y sanciones, empezando por transporte, edificios públicos y servicios digitales; 2) reforma del empleo con apoyo, de las prestaciones (eliminar trampas de pobreza) y de las cuotas de reserva (cumplimiento real, sin medidas alternativas que vacíen la obligación) y del empleo público; 3) financiación adecuada para la aplicación de la Ley 8/2021 y para la asistencia personal; 4) programa de vivienda con apoyos y de desinstitucionalización progresiva con alternativas reales; 5) especialidad de medicina paliativa y plan nacional de cuidados paliativos con cobertura universal, también pediátrica y domiciliaria; 6) evaluación pública periódica de la ley de eutanasia con datos transparentes.

Los derechos de las personas con discapacidad y de quienes afrontan el final de la vida son una buena medida de la calidad de una democracia. No tienen un gran peso electoral, pero ponen a prueba si las instituciones funcionan para quienes más lo necesitan. En ese terreno España tiene mejores normas que prácticas.

Cada euro invertido en accesibilidad, apoyos y cuidados tiene retorno social: más personas trabajando y participando, menos institucionalización innecesaria y familias menos agotadas. Es una inversión en cohesión y en dignidad.

Mensaje clave: España tiene excelentes leyes de discapacidad y final de vida, pero sin accesibilidad real, apoyos y cuidados paliativos universales, siguen siendo derechos a medias.