72. Criminalidad, reincidencia y Código Penal: qué funciona y qué es retórica

Qué dicen los datos sobre delincuencia, multirreincidencia, penas, okupación y delitos digitales, y qué reformas penales tienen sentido.

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1. Los datos: poco crimen violento, mucho delito patrimonial y digital

En la última década la delincuencia convencional (robos con fuerza, hurtos) tiende a estabilizarse o bajar, mientras la cibercriminalidad pesa ya cerca del 19–20 % del total (2024–2025). En 2025 los ciberdelitos subieron un 5,3 % interanual; los homicidios dolosos consumados y las agresiones sexuales con penetración también crecieron en el registro oficial (ver tablas del Balance). Conviene no confundir «más denuncias» con «más hechos» en tipologías sensibles: el Balance mide infracciones conocidas por las FCS.

Estos datos tienen matices: más denuncias no siempre significan más delitos, sino a veces menor tolerancia social y mejores canales de denuncia (caso de la violencia sexual o de género). La sensación de inseguridad en ciertas ciudades y barrios no siempre coincide con los datos, y se ve influida por el tratamiento mediático, por incidentes concretos (agresiones sexuales en grupo, robos en zonas turísticas) y por los problemas locales de civismo. Es importante manejar con rigor las estadísticas y evitar tanto el alarmismo como la negación.

La percepción de seguridad es un elemento de calidad de vida. Si una parte de la población siente que ciertos barrios o espacios son inseguros, hay un problema, aunque las estadísticas generales sean buenas. Los ciudadanos de barrios con problemas de convivencia sienten con fuerza el abandono, y la política debe atender también a la dimensión local.

2. Multirreincidencia y delincuencia habitual: el verdadero problema

Un fenómeno reconocido por policías, fiscales y jueces es la multirreincidencia: un pequeño número de delincuentes habituales, normalmente por hurtos y delitos leves patrimoniales, que acumulan decenas de detenciones sin consecuencias efectivas. El sistema penal los trata con delitos leves o multas que no pagan, penas cortas que se suspenden, y el resultado percibido es impunidad. Esto genera frustración en comerciantes y en agentes, que detienen una y otra vez a las mismas personas. La reforma de los delitos de hurto, el cómputo de los antecedentes y la agravante de reincidencia han sido objeto de propuestas legislativas y de tramitación parlamentaria en los últimos años, con debate sobre su eficacia.

Buena parte de los multirreincidentes tienen problemas de adicción, enfermedad mental o exclusión social extrema. La respuesta puramente penal no resuelve la raíz. Lo que funciona, según experiencias como la de algunas ciudades europeas, es combinar respuesta rápida (juicios rápidos, medidas cautelares) con tratamiento obligatorio o alternativo al cumplimiento (programas de rehabilitación, vigilancia comunitaria). La coordinación entre justicia, servicios sociales y salud mental es esencial y está poco desarrollada.

La política criminal sensata entiende que la certeza y la rapidez de la sanción disuaden más que su dureza. Penas desproporcionadas con baja probabilidad de aplicación son ineficaces; sanciones moderadas, rápidas y ciertas funcionan mejor.

3. Okupación, estafas y otras preocupaciones sociales

La okupación de viviendas ha ganado protagonismo mediático. Las estadísticas indican que es un fenómeno de dimensiones moderadas (varios miles de denuncias al año), pero su impacto sobre los propietarios afectados es grave y la lentitud judicial en los desalojos, un problema real. La reforma de 2018 (Ley 5/2018) permitió desalojo rápido de ocupantes sin título en determinados supuestos, y la de 2023–2025 ha seguido ajustando el procedimiento y el delito de usurpación. Los casos de mafias que ocupan viviendas para extorsionar, y de ocupación de viviendas de particulares en uso, son los que más indignan, y deben tener respuesta rápida. Pero hay que distinguir de la ocupación por necesidad, en que debe intervenir el sistema de servicios sociales y vivienda.

Otra área en auge son las estafas digitales (suplantación de identidad, falsos mensajes de bancos, fraude en inversiones y criptomonedas, estafas del amor), muchas de ellas ejecutadas por organizaciones transnacionales. La respuesta penal es difícil por la deslocalización de los autores, y la prevención requiere educación, responsabilidad de entidades financieras y de plataformas, y cooperación internacional. Los bancos deberían asumir mayor responsabilidad por fraudes con medios de pago, como ocurre en el Reino Unido desde 2024.

En el ámbito laboral y económico, los delitos de corrupción, fraude fiscal y blanqueo reciben menos atención pública, pero tienen gran impacto. La eficacia de la persecución depende de unidades especializadas de la Policía, la Guardia Civil, la Agencia Tributaria y la Fiscalía, con medios modernos de análisis financiero.

4. Penas, prisión permanente revisable y garantías

El Código Penal de 1995, reformado más de treinta veces, ha endurecido sus penas en las últimas décadas. La reforma de 2015 introdujo la prisión permanente revisable para delitos especialmente graves (asesinatos agravados, terrorismo con víctimas mortales), avalada por el Tribunal Constitucional en 2021. Su aplicación es excepcional (una treintena de condenas), y existen partidarios de derogarla (por considerar que atenta contra la reinserción del artículo 25.2 CE) y de mantenerla. La razón de fondo es la tensión entre castigo y reinserción, que la Constitución resuelve orientando las penas privativas de libertad hacia la reeducación, sin excluir la protección frente a delincuentes especialmente peligrosos.

Un problema distinto es el de la legislación penal reactiva: tras cada caso mediático se reforma el código con endurecimientos puntuales, a menudo sin evaluación de efectos. La reforma de los delitos sexuales por la ley del «solo sí es sí» (LO 10/2022) provocó, por defectos técnicos en la fijación de penas, cientos de reducciones de condena y excarcelaciones antes de ser corregida en 2023, un ejemplo de mala técnica legislativa con coste social y de confianza. Las leyes penales requieren análisis técnico previo con datos y consulta a jueces, fiscales y académicos.

La eficacia del sistema penal depende más de la rapidez y certeza que de la gravedad nominal. Un sistema con juicios que tardan años, notificaciones fallidas y ejecuciones de sentencia incompletas pierde capacidad disuasoria.

5. Propuesta del taller: política criminal basada en evidencia

El taller propone: 1) una Comisión Permanente de Política Criminal con expertos independientes que evalúe ex ante y ex post las reformas penales; 2) un régimen específico de multirreincidencia con juicio rápido, medidas cautelares y alternativas terapéuticas, junto con la agravación proporcionada en hurtos reiterados; 3) responsabilidad de entidades financieras y plataformas digitales en fraudes online, con mecanismos de devolución rápida; 4) un procedimiento ágil para el desalojo de ocupaciones ilegales de vivienda habitual, con protocolos sociales para casos de vulnerabilidad real; 5) unidades especializadas en delitos económicos y digitales con medios.

Y una regla de higiene legislativa: ninguna reforma penal sin memoria de impacto, sin audiencia a operadores jurídicos y sin evaluación posterior a tres años. La seguridad jurídica y la previsibilidad de la ley penal son garantías, no obstáculos.

En el ámbito de la prevención, convendría reforzar la inversión en intervención temprana con jóvenes en riesgo, programas de mediación comunitaria, planes de seguridad en barrios con alta conflictividad y coordinación con servicios sociales, que son medidas con retorno comprobado. Y en el plano judicial, ampliar los juicios rápidos y las medidas cautelares y de seguimiento telemático para reducir los tiempos entre delito y respuesta. La seguridad se construye con una combinación de policía eficaz, justicia ágil, prevención social y confianza ciudadana, y ninguna de estas piezas puede sustituir a las demás.

Lectura honesta: el problema no es la falta de leyes sino su mala calidad y la lentitud para aplicarlas. Menos retórica penal y más justicia rápida y cierta.